De vuelta sobre la potestad administrativa de rescisión unilateral del contrato público
Palabras clave:
Acto administrativo, Cláusulas exorbitantes, Contratos administrativosResumen
El artículo propone un método para determinar la forma en que se deben aplicar a cada contrato del Estado las normas y principios de Derecho Público o de Derecho Privado, según corresponda. Empleando esta metodología el artículo analiza cuatro aspectos concretos relacionados con la extinción de los contratos del Estado como consecuencia del incumplimiento del particular contratista, estos aspectos son: (i) la idea de que el poder de rescisión unilateral del contrato del Estado es una sanción por el incumplimiento del contratista; (ii) los problemas relativos al procedimiento aplicable antes de que el ente público contratante dicte el acto de rescisión del contrato; (iii) la interpretación y alcance de las cláusulas resolutorias expresas incorporadas a los contratos públicos y (iv) la naturaleza del acto rescisorio dictado por el ente público contratante.
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