Del personal judicial
Palabras clave:
Funcionario público, funcionario judicial, estabilidad, libre remociónResumen
Dividiremos el trabajo en dos partes, en la primera se plantea la problemática existente en cuanto a la normativa aplicable al personal que labora en los órganos judiciales ordinarios y al personal de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, así como argumentos acerca de la errada interpretación del Tribunal Supremo de Justicia, de considerar válida la normativa aun cuando no se trata de normas legales, son aplicadas a dichos funcionarios. En la segunda parte, se transcribe la decisión 1478 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, dictada en Sala “Accidental B”, el 16 de julio del año 2013, en la cual se establece que los funcionarios adscritos a los órganos judiciales deben ser considerados como de libre remoción y la interpretación sobre tan errado criterio.
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