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BOLETÍN DE DERECHO AERONÁUTICO, Año 6 N° 22 (abril-junio 2021), ISSN 2610-8062

Selección, recopilación y notas por: Antonio Silva Aranguren y Gabriel Sira Santana

Para consultar y descargar el boletín en formato PDF, haga clic sobre su portada

 

Preliminares

Nota de los autores

 

Normativa

Ministerio del Poder Popular para el Transporte

  • Resolución mediante la cual se crea el Comité para la Reclasificación de la República Bolivariana de Venezuela de Estado Matrícula a Estado de Diseño y Fabricación de Aeronaves y Partes Aeronáuticas y su Declaración ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el cual ejecutará los procedimientos administrativos, técnicos, jurídicos y financieros

Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC)

  • Providencia administrativa mediante la cual se establecen las disposiciones complementarias al cuerpo normativo técnico que regula las operaciones de aeronaves pilotadas a distancia en zonas de seguridad

 

Jurisprudencia

Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia

  • El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil debe iniciar, sustanciar y resolver un procedimiento administrativo para cancelar una matrícula de aeronave

Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia

  • No es contrario a derecho el contrato de seguro aeronáutico que prevea como eximente de responsabilidad al factor humano
  • Las causas aeronáuticas deben ser conocidas por los tribunales de la jurisdicción marítima hasta tanto se creen los de la jurisdicción aeronáutica
  • En las causas aeronáuticas que sean de interés de la Nación debe intervenir el Procurador General de la República
  • La aeronáutica civil es un servicio público esencial y debe notificarse a la Procuraduría General de la República sobre cualquier pretensión procesal que pueda afectar su continuidad

 

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