¿Los servicios de puntos de venta son servicio público según el Derecho venezolano?

Autores/as

  • Simón Fernández Bravo

Palabras clave:

Actividad bancaria, Servicios financieros, Servicio público

Resumen

Este trabajo viene motivado por el debate suscitado en un importante caso que se ha ventilado en sede arbitral y luego en el Tribunal Supremo de Justicia durante el último año, y el mismo tiene por objeto pronunciarse sobre los límites y la interpretación del concepto de servicio público en el Derecho Administrativo venezolano con ocasión de una cuestión debatida entre las partes del referido caso, la cual puede resumirse en una pregunta: ¿la declaratoria de servicio público contenida en la Ley de Instituciones del Sector Bancario se extiende a los servicios de puntos de venta?

Biografía del autor/a

Simón Fernández Bravo

Abogado de la Universidad Católica Andrés Bello (2023), cursante de la Especialización en Derecho Financiero de la misma universidad.

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Publicado

26-07-2024

Cómo citar

Fernández Bravo, S. . (2024). ¿Los servicios de puntos de venta son servicio público según el Derecho venezolano?. Revista Electrónica De Derecho Administrativo Venezolano, (27), 69–82. Recuperado a partir de https://cidep.online/ojs/index.php/redav/article/view/256

Número

Sección

Artículos