Potestad sancionatoria de la administración en Venezuela

Autores/as

  • Rafael Badell Madrid

Palabras clave:

Actividad administrativa, Debido proceso, Potestad sancionatoria, Principio de legalidad

Resumen

La potestad sancionatoria de la administración es una manifestación del ius puniendi del Estado, que ejerce la administración pública a través de la actividad de policía, por medio de la cual impone a los administrados sanciones, previamente determinadas por la ley y mediante un procedimiento, cuando incumplen las disposiciones legales preestablecidas, con el fin de salvaguardar el interés general y el orden público. La Constitución de 1999 reconoció que la potestad sancionatoria de la administración, al igual que la judicial, está sometida a los principios que rigen el debido proceso. Sin embargo, en el ordenamiento jurídico venezolano encontramos casos de deslegalización y violación de las garantías procedimentales que rigen la potestad sancionatoria de la administración.

Biografía del autor/a

Rafael Badell Madrid

Abogado por la Universidad Católica Andrés Bello. Especialista en Derecho Administrativo por la Universidad Central de Venezuela. Doctor en Derecho por la Universidad Católica Andrés Bello. Profesor Titular de Derecho Procesal Constitucional y Administrativo de la Universidad Católica Andrés Bello. Socio del Despacho de Abogados Badell & Grau 1985.

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Publicado

16-05-2022

Cómo citar

Badell Madrid, R. (2022). Potestad sancionatoria de la administración en Venezuela. Revista Electrónica De Derecho Administrativo Venezolano, (22), 33–84. Recuperado a partir de https://cidep.online/ojs/index.php/redav/article/view/187

Número

Sección

Artículos