Flavia
Pesci Feltri*
REDAV, N° 25, 2022, pp. 133-143
Resumen:
En el presente trabajo, en honor al Profesor Henrique Iribarren Monteverde, se
explica cuáles son los fundamentos y límites de la tolerancia, entendida como
un valor fundacional del Estado constitucional y, concretamente, qué se
entiende por intolerancia política. Ello tiene como objetivo apuntar algunas
recomendaciones que se deberían tomar en cuenta para la reconstrucción de la
sociedad venezolana, el restablecimiento del Estado de derecho y de la
democracia en el país.
Palabras clave: Democracia – Estado de Derecho – Política – Tolerancia.
Abstract: This paper, in honor of Professor Henrique Iribarren
Monteverde, explains the foundations and limits of tolerance understood as an
essential value of the constitutional State and, specifically, what is meant
political intolerance. We intend to provide some recommendations that should be
taken for the reconstruction of Venezuelan society, the restoration of the rule
of law and democracy in the country.
Keywords: Democracy – Rule of law – Politic – Tolerance.
Recibido |
08-01-2023 |
Aceptado |
16-02-2023 |
Cuando pienso en
Henrique Iribarren Monteverde (primero jefe y maestro, luego amigo y hermano),
no puedo sino recordar el prólogo que Fernando
Savater le hace a esa pequeña joya literaria titulada Literatura y derecho ante la ley[1]
del escritor italiano Claudio Magris, en el que nos recuerda cómo este defiende
las razones para que nos declaremos laicos, entendiendo la laicidad como un
hábito mental que nos permita tener la capacidad de distinguir entre lo que es
demostrable racionalmente de lo que es, en cambio, objeto de fe.
La laicidad de la que
nos habla Magris
y nos refiere Savater, significa tolerancia, duda dirigida hacia
las propias certezas, auto ironía, desmitificación de todos los ídolos, también
de los propios; es la capacidad de creer fuertemente en algunos valores,
sabiendo que existen otros que también son respetables[2].
En sintonía con lo
anterior y en el curso de su prólogo, Savater
rememora las reflexiones de Magris:
dado que la adoración más constante de
cada cual es la que profesamos a nuestro propio ego, no cabe duda de que la
laicidad mejor entendida empieza por uno mismo[3].
Henrique encarnó esta
actitud mental y postura vital a lo largo de su existencia y lo hizo con
quienes le rodearon –fueran o no personas cercanas, coincidieran o no con sus
ideas y posiciones–, pero en especial la personificó frente a sí mismo.
Quizá precisamente
por esa profunda conciencia de sus propios límites y de la fragilidad e
imperfección humanas de la que estamos hechos, es que hoy no podemos verle para
recordar los momentos pasados, leer poesía o conversar sobre nuestras pequeñas
grandes debilidades.
A ti Henrique, por tu
generosa manera de estar y de reconocerme, por haberme enseñado y transmitido
tu sensibilidad, dedico con extremo afecto estas pocas líneas sobre la
tolerancia que tuviste a bien ejercer con honestidad y gallardía, como tantos
otros valores que te hicieron un ser absolutamente excepcional y como tal te
recordamos: con ternura, nostalgia, hondo afecto y admiración.
Sí, el enemigo es absolutizar, el enemigo es la Iglesia y sus
verdades eternas, el Islam, el Partido Único, el Monoteísmo, el culto al Uno.
El caso es que cuando uno comienza a absolutizar entra en el camino de los
desvaríos: la Patria, la Revolución, la Historia, la Verdad, el Partido. En
cuanto comienzan las palabras con mayúsculas, comienzan los crímenes[4].
Hoy en día resulta
ineludible construir una verdadera cultura de la tolerancia como valor y
premisa fundamental del único sistema político que, no obstante, la crisis que
atraviesa desde comienzos del presente siglo, reconocemos como el más viable:
la democracia.
Hasta la actualidad,
la democracia se ha revelado como el único régimen que permite, a través del
ensayo y error, el perfeccionamiento del sistema de protección de los derechos
humanos y el progreso y avance de los mecanismos de control del poder público[5].
La tarea de
centrarnos en el valor de la tolerancia y construir una verdadera educación
dirigida a penetrar las instituciones jurídicas, políticas y sociales es un
reto del Constitucionalismo del siglo XXI que, no me cabe duda, ha de asumir
Venezuela, Latinoamérica y el mundo.
Vista las expresiones
de intolerancia política, religiosa y étnica que se manifiestan diariamente en
distintos lugares del orbe, así como la evolución de los acontecimientos
políticos y sociales que se han desarrollado en Venezuela; comprobada, también,
la clara polarización política entre los ciudadanos venezolanos que se ha
profundizado en estas dos últimas décadas y que ha sido promovida desde las
instancias del poder, se considera impostergable tratar el tema señalado.
Aspiramos hacer una
reflexión que busca abrir un espacio abierto y constructivo para el debate,
para lo cual se requiere previamente de una introspección serena, sincera y
ponderada de los errores cometidos por los representantes del gobierno, los
integrantes de la oposición, los factores económicos y religiosos que han
intervenido en los procesos políticos y jurídicos producidos en Venezuela, como
aquellos cometidos por la propia sociedad civil.
En este trabajo, no
se van a enumerar la infinitud y tristísimas expresiones de intolerancia
política que hemos sufrido en Venezuela desde las instancias referidas y que
han generado la muy dolorosa situación que atraviesa actualmente el país debido
a la violación de los derechos humanos más elementales de la persona, así como
a la implementación de políticas públicas irracionales que han generado la
emergencia humanitaria compleja.
Ello ha sido y es
constantemente relatado en otros contextos por académicos y organizaciones
venezolanas de derechos humanos y revelado, además, por los informes de los
últimos dos años emitidos por la Oficina del Alto Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos y la Misión Internacional
Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de
Venezuela.
Tampoco pretendemos
condenar a un solo sector político, social o económico, pues –aunque algunos
tienen una mayor y determinante responsabilidad en la eliminación del Estado de
derecho y tendrán necesariamente que asumir las consecuencias de ello–,
partimos de la idea de que todos los sectores detentan (detentamos), por
omisión o acción, una dosis importante de responsabilidad.
En esta ocasión, solo
pretendo referir cuáles son los fundamentos y límites de la tolerancia,
entendida como un valor fundacional del Estado constitucional y, concretamente,
qué se entiende por intolerancia política, a los fines de apuntar algunas recomendaciones
que se deberían tomar en cuenta para la reconstrucción de la sociedad
venezolana, el restablecimiento del Estado de derecho y de la democracia en el
país.
La historia de la
humanidad se ha caracterizado por innumerables manifestaciones que expresan la
actitud intolerante que habita en cada uno de nosotros, lo cual ha dado origen
a múltiples guerras y a la destrucción de sociedades enteras como consecuencia
de una postura radical del individuo que parte de la convicción de que sus
ideas, creencias y posiciones son las ciertas, las racionales, las Verdaderas.
Uno de los cimientos
sobre los que se funda el Estado constitucional es el de la tolerancia que se
revela a través del pluralismo religioso, político, económico y social. Este
valor pretende proteger la libertad de pensamiento y de conciencia una de las
formas mediante las cuales se expresa la libertad individual, por lo que su fin
último es acabar con comportamientos y actitudes dogmáticas y fundamentalistas
que impiden, precisamente, el desarrollo de esa libertad.
Para poder definir a
la tolerancia es indispensable previamente aclarar dos puntos.
En primer término, la
definición moderna del valor tolerancia abarca el respeto y consideración de
todas las manifestaciones de ideas y opiniones que los individuos o comunidades
expresen en cualquier ámbito de la vida (espiritual, religiosa, política,
económica, etc.) de ahí que, no se centra en la tolerancia religiosa que, en
sus orígenes, permitió el desarrollo filosófico de ese valor, sino que incluye
distintos aspectos de la vida del hombre en sociedad.
En segundo lugar, la
concepción de la tolerancia de la que se parte se aleja totalmente de la
definición del Diccionario de la Real Academia Española, que asume de antemano
que lo tolerable es erróneo o injusto, al definirla como: “Sufrir, llevar
con paciencia. Permitir algo que no se tiene por lícito, sin aprobarlo
expresamente (…)”[6].
El concepto de
tolerancia de nuestros días abandona la idea generalizada según la cual tolerar
es aceptar una postura que, por no ser como la nuestra, se la considera de
antemano equivocada, contraria e irracional pero que se acepta de forma
condescendiente para evitar males mayores.
Por el contrario, la
definición moderna de tolerancia trae consigo reconocer[7] las
diferencias ajenas, las opiniones divergentes por la elemental constatación de
que tienen el mismo valor que las ideas y opiniones propias, pues cada
individuo, por el hecho mismo de su condición humana, es autónomo y libre;
tiene, en consecuencia, el derecho de expresar soberanamente su visión de la
vida, del mundo, del hombre y de los problemas morales y prácticos que enfrenta
en el transcurso de su existencia.
Dicho brevemente, la
tolerancia entraña hoy día la aceptación de que la idea que distintas personas
tienen sobre un mismo tema puede llevar a conclusiones opuestas en la medida en
que las premisas sobre las cuales se desarrolla son diferentes y siendo que en
este ámbito se está fuera del campo de la ciencia, no hay referencias exactas
que permitan afirmar cuál de las premisas utilizadas sea la verdadera.
De ahí que los fundamentos del concepto moderno de tolerancia en el
marco de un Estado constitucional, son: (i) Que la condescendencia con el error ajeno no es
su cimiento; (ii) Que hay un principio ético del que se deriva la
tolerancia, a saber, que los demás han de ser tratados y considerados como se
desea ser tratado y considerado; (iii) Que con
base a la libertad individual es forzoso impedir la intolerancia pues la misma
limita y, en muchas ocasiones, aniquila la libertad de expresión y la libertad
de conciencia; (iv) Que la tolerancia es producto de la constatación
de que es imposible, en el ámbito de las opiniones e ideas, establecer cuáles
son ciertas y cuáles no, ya que en el mundo de las ideas no hay referencias
exactas que establezcan sus directrices, como sí las hay en el ámbito
científico[8].
Enunciados los
fundamentos del concepto actual de tolerancia, es necesario establecer sus
fronteras, por cuanto ejercerla de forma ilimitada conlleva in extremis al caos y a la anarquía:
consentir absolutamente todas las ideas y las actuaciones que pretenden
materializarla, sería permitir la violación y aniquilación de los derechos de
los demás.
En tal sentido, se ha
dicho que el límite de la tolerancia debe ser el bien común, entendido como el que se encuentra diseñado y
delimitado por el derecho positivo, es decir, que: “jurídicamente podrían
tolerarse todas las opiniones y manifestaciones que no estuvieren expresamente
prohibidas por la ley, con lo que prácticamente podríamos identificar lo
intolerable con lo ilícito”[9].
La tolerancia es un
valor que preexiste a toda positivización del comportamiento humano mediante
normas jurídicas y constituye, también, un derecho individual, expresión de la
libertad, que se funda en el reconocimiento de la autonomía de la razón y de la
conciencia humana, por lo que su práctica exige el abandono del dogmatismo y
del fanatismo.
Constituye, entonces,
como mencionábamos al inicio de estas líneas un reto para el Constitucionalismo
del siglo XXI, la exigencia de regular jurídicamente este valor-derecho, en el
sentido de que se desarrollen con mayor profundidad cada uno de los aspectos
que lo integran y conforman, tales como la tolerancia religiosa, la de
opiniones e ideas, y la tolerancia política para efectivamente poder
garantizarlo.
Si bien hay normas
que prohíben comportamientos intolerantes –discriminación por razones de sexo,
religión o condición social–, una de las preguntas que debemos plantearnos es
si la tolerancia constituye un derecho subjetivo que ha de ser regulado para,
por una parte, delimitar claramente cuándo se está en presencia de
comportamientos intolerantes cuya ejecución habrá de conllevar una sanción; y,
por otra, promover normas dirigidas al desarrollo de la cultura de la
tolerancia con el fin de que las múltiples diferencias que se viven en el seno
de las sociedades modernas sean respetadas y dignas de consideración.
La intolerancia
política ha sido definida como aquél comportamiento que se deriva de: “la
voluntad de restringir los derechos de una persona o grupo que desagradan por tener
una opinión distinta”[10];
y la misma:
[…] representa una amenaza a la democracia, pues discrimina a
ciertos sectores de la población, a los que incluso llega a silenciar. La
intolerancia crea una cultura conformista y una sociedad cerrada, que reduce la
percepción que los ciudadanos tienen de la política y moldea el consiguiente
comportamiento[11].
Se está en presencia de la intolerancia política, cuando surgen las
siguientes situaciones: (i) Un
entorno en el que las normas de la democracia están ausentes, no están
definidas con claridad o se aplican de manera injusta; (ii) Desconocimiento
de las reglas de participación e intervención en una democracia entre los
ciudadanos y los actores políticos; (iii) Inseguridad
personal y temor a la crítica; (iv) Entorno
político que gira alrededor de la personalidad y no de las ideas, o que está
dominado por el favoritismo; (v) Exclusión
en términos de resultados electorales, según la cual se marginan a los
perdedores; (vi) Restricciones o ausencia de vías para el diálogo
y la participación constructiva; (vii) Fanatismo
y dogmatismo, es decir, la actitud de que las opiniones propias son la verdad y
siempre son las correctas[12].
En definitiva, la
intolerancia política constituye una clara amenaza a la democracia ya que dicho
sistema político se funda, insistimos, en la premisa de que se han de:
Aceptar y respetar los derechos fundamentales y las
libertades civiles de las personas y de los grupos cuyas opiniones difieren de
las nuestras. Todos los ciudadanos incluidos los dirigentes políticos tienen la
responsabilidad de practicar la tolerancia política en la teoría y en la
práctica. Como un claro rechazo a “la ley del más fuerte”, la tolerancia
constituye un principio clave de la
democracia. Como ideal, la democracia confirma que todos los miembros de
la sociedad deben tratar a los demás como pares y gozar de un trato
igualitario. La democracia se sustenta en la aceptación y respeto de los
semejantes. La vida democrática consiste tanto en el derecho a disentir como en
que todos acepten esa diferencia. La democracia supone el respeto a la
pluralidad de ideas y las ventajas del diálogo como medio de resolver las
discrepancias[13].
Uno de los aspectos
más relevantes que se ha observado en los últimos veintitrés años en la sociedad
venezolana es, precisamente, una profundización e instauración definitiva de la
intolerancia política.
Tal y como afirmamos
en la parte introductoria del presente trabajo, en este contexto no se pretende
ahondar sobre quién dio el primer paso para provocar el desenlace actual ni por
qué ha habido “bandos” en la sociedad venezolana que han promovido con mayor o
menor fuerza el distanciamiento, el rencor, la intolerancia y el fanatismo
político.
Lo que sí no podemos
dejar de decir es que, desde la llegada del chavismo al poder, el gobierno ha
implementado como política pública la intolerancia política, personificando
cada uno de sus líderes un fanatismo devastador que ha creado una honda
división entre los venezolanos y generado, a lo largo de los años, una sociedad
partida en dos que no se escucha, que no se reconoce.
Ambas partes (el
gobierno y los sectores que se le han opuesto), lejos de profundizar la
democracia, han permitido por distintos medios y a través de actitudes y
comportamientos antidemocráticos que los venezolanos nos hayamos acostumbrado a
hablar con temor de los temas políticos; que nos sintamos extraños al transitar
por determinadas zonas de las ciudades, que veamos con recelo al otro y hasta
que hayamos pretendido aniquilar una u otra fuerza.
Este clima de
desconfianza, recelo y temor ha de ser erradicado y dicho reto constituye una
tarea de los académicos, juristas, sociólogos, politólogos, políticos y de la
sociedad civil toda.
Constituye una
responsabilidad ineludible identificar cuáles han sido los comportamientos que
han atentado contra el bien común –límite de la tolerancia–, y abrir el debate
honesto.
Si no se profundiza
en el intercambio de ideas, habiendo previamente asumido cada parte su cuota de
responsabilidad; si no se reconoce que todos podemos tener algo de verdad, se
radicalizarán más las posturas y la intolerancia seguirá penetrando en
cualquier ámbito en el que nos vayamos a desenvolver con las consecuencias
devastadoras que ello implica para la dignidad humana, la libertad e incluso la
vida, tal y como penosamente hemos constatado o bien como testigos o como
víctimas.
En definitiva,
resulta obligatoria la necesidad de incrementar una cultura de la tolerancia
como uno de los valores esenciales para profundizar la democracia; y, porque
no, como un derecho subjetivo de los ciudadanos que como tal ha de ser
garantizado por el legislador mediante el establecimiento de normas orientadas
a desarrollar conductas y acciones tolerantes, dirigidas tanto a las
instituciones públicas como a las privadas a los fines de que ambas tengan la
obligación de asumir y entender la diversidad como una realidad natural.
En tal sentido, debe
partirse de la necesidad de promover una cultura de tolerancia política, que ha
de ser asumida de forma impostergable por todos
los factores de la sociedad civil y política.
De ahí que, se
considera oportuno en el marco de este trabajo –debido al momento histórico y
político que vive la sociedad venezolana y la deformación que han venido
sufriendo los Poderes Públicos en nuestro país–, exponer a modo de ejemplo,
algunas de las recomendaciones que la Organización Internacional de los
Parlamentos propone en este materia:
a. El poder
ejecutivo y el poder legislativo han de llevar a cabo las siguientes
actuaciones: (i) Garantizar
el reconocimiento y el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos,
en especial el derecho a la libertad de expresión, y la sanción de los
discursos violentos y la discriminación; (ii) Elaborar
un marco jurídico sólido para garantizar la celebración de elecciones, la
gestión independiente de las mismas, y la competición libre y abierta entre los
diversos partidos políticos; la igualdad de oportunidades para la competencia
entre los partidos; y que los medios de comunicación velen por su independencia
y su diversidad; (iii) Impartir educación cívica para instruir a los
ciudadanos acerca de sus derechos y deberes en una democracia, recalcando la
democracia política.
b. La
presidencia del parlamento habrá de: (i) Mantener
la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones para que todos los
parlamentarios gocen de igualdad de trato, ya sean del partido en el poder o de
la oposición; (ii) Garantizar
el respeto de las normas parlamentarias, por ejemplo, que todos los
parlamentarios gocen de la misma posibilidad de intervenir; (iii) Asegurar que
todos los parlamentarios puedan recibir información solicitándolo a un servicio
específico en el parlamento; (iv) Alentar el uso de una dependencia u otras
estructuras de gestión intra parlamentarias en la que todos los partidos estén
representados.
c. Los dirigentes políticos tienen la
responsabilidad de: (i) Idear
procedimientos democráticos internos que posibiliten un pleno debate de las
cuestiones polémicas, en lugar de depender de los dictados del partido en el
poder; (ii) Formular
y respetar códigos de conducta que fomenten la tolerancia política, en especial
en los períodos electorales; (iii) Abrir vías para el diálogo ente los
partidos y poner en marcha iniciativas que sirvan de ejemplo para a los
electores.
c. Los parlamentarios han de asumir el compromiso
de: (i) Ejercer la acción política a
través del diálogo y la acción concertada, descartando los medios violentos; (ii) Ser modelo de
comportamiento, actuando a la manera de los estadistas en las negociaciones y
los debates, y respetando las opiniones de los demás; (iii) Promover la
tolerancia en relación con los ciudadanos y ser receptivos con la opinión de
los mandantes; (iv) Realizar
campañas electorales transparentes y respetar el reglamento electoral.
d. Por su parte, la sociedad civil debe: (i) Respaldar las campañas de educación
cívica, en especial las dirigidas a los jóvenes; (ii) Trabajar con las comunidades y las
autoridades locales en la vigilancia y la prevención de los discursos
violentos, proporcionar foros para el diálogo entre los grupos, y crear
conciencia sobre la intolerancia y la discriminación; (iii) Promover la
participación política en todas sus formas, como ir a votar, entrar en contacto
con los representantes electos, participar en la labor de los partidos
políticos, firmar peticiones y asistir a las manifestaciones legales[14].
Si se quisiera hacer
una valoración del estado de la cultura de la tolerancia en Venezuela, tomando
como base las recomendaciones transcritas, el resultado es realmente
devastador, pues la conclusión es que de los ítems planteados en materia de tolerancia política ninguno está
cubierto en Venezuela.
En efecto, la
libertad de expresión ha sido mermada cualitativa y cuantitativamente; los
órganos públicos de control (Defensoría del Pueblo, Tribunal Supremo de
Justicia, Poder Legislativo, entre otros) lejos de sancionar los discursos
violentos y la discriminación, la promueven por acción o por omisión y han
utilizado sus medios para eliminar cualquier oposición al gobierno; los
procesos electorales se celebran en desigualdad de condiciones ya que el
aparato público y los recursos públicos son utilizados para beneficiar al
partido de gobierno y el órgano (Poder Electoral) llamado a aplicar la ley y a
sancionar sus posibles violaciones no lo hace, sino que dicta normativas y
decisiones dirigidas a fomentar la desintegración de los partidos políticos.
Y qué decir del
comportamiento de los parlamentarios o de los disputados que han sido
presidentes de la Asamblea Nacional, quiénes en vez de mantener la
imparcialidad promueven discursos intolerantes y eliminan cualquier posibilidad
de diálogo, olvidándose de que su papel es debatir, deliberar y respetar las
normas democráticas consagradas en la Constitución vigente.
Son evidentes y
constantes las manifestaciones de intolerancia política, étnica y religiosa en
el mundo entero; por lo que resulta un reto para el Constitucionalismo del
siglo XXI, regular el valor-derecho de la tolerancia de forma positiva, en el
sentido de establecer afirmativamente que la tolerancia es esencial para lograr
una verdadera democracia basada en el pluralismo, en el debate y en el
enriquecimiento recíproco de las ideas contrapuestas.
Concretamente en
Venezuela, nos encontramos en un momento sumamente delicado: la emergencia
humanitaria compleja permanece, la economía sigue arruinada y no hay más nada
que destruir. Los que se han enriquecido a través de la corrupción, no pueden
manejar sus inimaginables patrimonios debido a las sanciones internacionales;
la oposición tiene varios años que no encuentra el equilibrio apropiado para
recoger la voluntad de la mayoría y pareciera atender a sus propios intereses y
no al bienestar de la nación; las personas sobreviven y ya no están atentos a
los conflictos de las fuerzas políticas, sino que exigen mejorar su calidad de
vida, independientemente de quién sea la fuerza política que lo haga. En los
últimos cuatro años, casi siete millones de venezolanos han huido al exterior
en condiciones infrahumanas.
En definitiva,
estamos en una país cuya población se encuentra económica, intelectual, social
y moralmente devastada, en donde las instituciones son inexistentes y el Estado
de derecho desapareció: la crisis en todos los ámbitos ha llegado a unos
niveles impensables.
Ante tal situación,
en donde la conflictividad y la intolerancia política no han servido para
resolver los problemas del país sino más bien para profundizarlos, se hace
perentorio que las partes con injerencia política, social y económica logren un
pacto o acuerdo político nacional que incluya todos los sectores y que nos
permita reconstruirnos y allanar el largo camino para el restablecimiento del
Estado de derecho y la democracia.
A modo de reflexión y
conclusión, me permito hacer propias las interrogantes y reflexiones de Pániker:
¿Se puede conciliar el pluralismo con un cierto fundamento racional de la convivencia? ¿Una cierta Universalidad? Es el tema de nuestro tiempo, un tema de debate, y se trata precisamente de esto, de debatir, encontrarse en el lenguaje, perseguir un mínimo consenso…Y uno cavila que lo aquí lo relevante es que el señor Feyerabend pueda publicar sus opiniones sin que nadie le persiga; que Galileo mire a través del telescopio sin temor de ir a la hoguera; que se contrasten las ideas y que el debate sea permanente…Sólo el permanente ejercicio del pluralismo puede atajar las patologías de la racionalidad…[15]. ■
D La
concepción de este trabajo tuvo una primera versión redactada a finales del año
2010 que fue enviada a la imprenta de la Universidad Central de Venezuela para
su publicación. Hasta la fecha (diciembre 2022) no hemos recibido noticias de
que se haya publicado, de modo que decidí retomarlo, cambiando sustancialmente
buena parte de su texto para dedicarlo a mi querido amigo Henrique por
considerar que el tema sigue teniendo total vigencia y porque el homenajeado
era un defensor y ejercía a plenitud el valor de la tolerancia.
* Abogado de la UCV, especialista
en Derecho Constitucional y Ciencia Política en el Centro de Estudios Constitucionales
de Madrid y en Derechos Humanos de la Universidad Complutense de esa misma
ciudad; profesora de Derecho Administrativo de la UCV; Miembro del Consejo de
Redacción de la Revista Electrónica de Derecho Administrativo (REDAV); Miembro
del Consejo Directivo de la Asociación Venezolana de Estudios de Derecho
Administrativo (AVEDA).
[1] Claudio Magris: Literatura y derecho ante la ley.
Editorial Sexto Piso. Madrid, 2008.
[2] Id., p. 15.
[3] Id., p. 16.
[4] Pániker, Salvador: Cuaderno Amarillo. Ensayo
Filosofía. Editorial de Bolsillo. Barcelona, España, 2003, p. 78.
[5] “La democracia es el debate permanente de
los grandes temas. La democracia significa sucesivos procedimientos de ensayo y
error. Democracia equivale al sistema que permite la permanente corrección de
sus fracasos. Democracia es tensión dinámica entre libertad e igualdad.
Democracia, no es solo ‘ley de las mayorías’ sino también ‘respeto a las
minorías’”, Pániker, ob. cit., p. 233.
[6] Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Primera
Edición. Tomo II, p. 1990.
[7] Cuando se habla de reconocer, aceptar o
respetar las ideas y opiniones ajenas no se pretende que las mismas deban ser
compartidas, sino que han de ser consideradas, estimadas, tomadas en cuenta
para una eventual discusión racional sobre su contenido.
[8] Ver Sergio Valverde-Alpízar: “De Tolerancias”, en Revista Acta Académica. Universidad Autónoma de Centro América, N°
25, noviembre, 1999, p. 126.
[9] Id., p. 126.
[10] Tomado de la página Web de Unión
Interparlamentaria, en la cual se realizan reflexiones sobre la tolerancia y la
democracia. Vid https://bit.ly/42s3pMd
[11] Id.
[12] Id.
[13] Id.
[14] Vid https://bit.ly/44PN71c
[15] Pániker, ob. cit., p. 86.