JURISPRUDENCIA AERONÁUTICA DURANTE EL AÑO 2016 Recopilación y selección por Antonio Silva Aranguren[1] y
Gabriel Sira Santana
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A continuación colocamos a disposición del lector el listado cronológico de fallos dictados durante el año 2016 por la Sala Constitucional, la Sala Político Administrativa y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, así como las Cortes de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal Superior Marítimo y de Primera Instancia Marítimo, que resultan de interés para el Derecho Aeronáutico.

Para leer extractos de estos actos, consulte el Boletín de Derecho Aeronáutico, publicado trimestralmente por el Centro para la Integración y el Derecho Público (CIDEP) y disponible en http://cidep.com.ve/bda.

ENERO

Es constitucional el decreto presidencial N° 2.184 mediante el cual se declaró el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por 60 días y que, entre sus disposiciones, facultó al Presidente de la República para implementar medidas especiales a fin de agilizar el tránsito de mercancías en los aeropuertos del país, pudiendo para ello desaplicar temporalmente las normas legales que se requieran a excepción de las concernientes a la salud y seguridad y defensa de la Nación – Sala Constitucional del TSJ, N° 4 del 20-01-2016 (caso: Nicolás Maduro Moros). http://goo.gl/5bQuhh

El régimen jurídico aplicable a los trabajadores de las líneas aéreas estatales es el previsto en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 87 del 28-01-2016 (caso: Javier José Lezama Vera v. CONVIASA). http://goo.gl/TUHtlv

FEBRERO

Conforme a la Resolución del Ministerio de Transporte y Comunicaciones N° DTA-76-10 del 29-07-1976, las líneas aéreas han de fijar un 10% por concepto de comisión a las agencias de viajes, siendo un porcentaje inferior una práctica anticompetitiva – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 117 del 10-02-2016 (caso: Iberia Líneas Aéreas de España, S.A. v. PROCOMPETENCIA). http://goo.gl/vgxAF1

El solo incumplimiento de las Condiciones Generales del Transporte Aéreo dictadas por la Autoridad Aeronáutica es una causal objetiva de sanción / La actividad aeronáutica está sujeta a una fuerte regulación de Derecho Público – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 138 del 11-02-2016 (caso: Trans American Airlines S.A. - TACA-PERÚ v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). http://goo.gl/9IHJzA

El certificado de conformidad de mantenimiento determina que una aeronave puede operarse después de la realización de cualquier mantenimiento y es de imprescindible incorporación en los procesos judiciales – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 12-02-2016 (caso: Loardo Javier Medina Martínez v. AERO BK, S.A.). http://goo.gl/41vTBt

Para que sea procedente la suspensión de efectos de una sanción impuesta por el INAC se requiere que el sujeto demuestre el daño irreparable que sufriría en su patrimonio / La sanción de suspensión de la actividad profesional está condicionada al no pago de la multa – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 135 del 18-02-2016 (caso: Juan Antonio Darías Montilla v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). http://goo.gl/HQaxTQ

La indemnización por concepto de daño moral constituye un sistema de condenatoria distinto al previsto en el artículo 100 de la Ley de Aeronáutica Civil que desarrolla la responsabilidad por la prestación del servicio de transporte aéreo y establece de manera taxativa el monto indemnizatorio – Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 26-02-2016 (caso: Roberto Hung Cavalieri y otro v. CONVIASA). http://goo.gl/SOV1Bf

MARZO

Bolivariana de Aeropuertos, S.A. (BAER), como empresa del Estado, no goza de los privilegios y prerrogativas que la ley ha acordado a favor de la República – Sala Constitucional del TSJ, N° 135 del 11-03-2016 (caso: Iván Enrique Sulbarán Simancas v. Bolivariana de Aeropuertos, S.A.). http://goo.gl/eb2fbz

El procedimiento administrativo conciliatorio ante el INAC no se configura como una cuestión prejudicial en cuanto a las demandas por daños y perjuicios que intenten los pasajeros contra una línea aérea – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional,  S/N del 14-03-2016 (caso: Laura Saldaño y otros v. DELTA AIRLINES INC). http://goo.gl/aTVVDb

Para determinar la competencia en materia de transporte aéreo se debe tomar en cuenta los precios, duración de viaje y escalas / Las aerolíneas y las agencias de viajes son prestadores de servicios turísticos que ofrecen en venta boletos aéreos, situación que las hace competidoras – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 299 del 15-03-2016 (caso: Compañía Panameña de Aviación, S.A. – COPA Airlines v. PROCOMPETENCIA). http://goo.gl/Fx5QvA

Es constitucional el decreto presidencial N° 2.270 mediante el cual se prorroga el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por 60 días y que, entre sus disposiciones, facultó al Presidente de la República para implementar medidas especiales a fin de agilizar el tránsito de mercancías en los aeropuertos del país, pudiendo para ello desaplicar temporalmente las normas legales que se requieran a excepción de las concernientes a la salud y seguridad y defensa de la Nación – Sala Constitucional del TSJ, N° 184 del 17-03-2016 (caso: Nicolás Maduro Moros). http://goo.gl/tJ8RkI

Los bomberos aeronáuticos son funcionarios públicos que prestan servicio de carácter exclusivo y permanente al Estado – Sala Constitucional del TSJ, N° 237 del 29- 03-2016 (caso: Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Estado Miranda v. Roberto Rincón Ménde). http://goo.gl/oZKwp9

Los bomberos aeronáuticos son funcionarios públicos que prestan servicio de carácter exclusivo y permanente al Estado – Sala Constitucional del TSJ, N° 238 del 29- 03-2016 (caso: Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Estado Miranda v. Julio Eleno Rincón Méndez). http://goo.gl/hZOFYh

ABRIL

El contrato de transporte aéreo de pasajeros, aun cuando sea electrónico, no presume la ausencia de billete de pasaje – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 12-04-2016 (caso: Julio Alberto Álvarez Ramos v. Alitalia Compañía Aérea Italiana S.A.). http://goo.gl/FttBRH

El Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía goza de los privilegios y prerrogativas procesales de la República Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 328 del 14-04-2016 (caso: Carmen Rosa González Orea v. Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía). http://goo.gl/tZOViy

El jefe de seguridad de un aeropuerto no cumple labores de seguridad de Estado – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 339 del 14-04-2016 (caso: Antonio José Contreras Acosta v. Gobernación del Estado Apure). http://goo.gl/wPrIHY

MAYO

La Administración Aduanera ejerce su potestad sobre los medios de transporte destinados a la movilización y traslado de mercancías o personas que sean objeto de tráfico internacional por vía aérea – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 547 del 23-05-2016 (caso: Transporte Marítimo Maersk Venezuela, S.A. v. Gerencia de la Aduana Principal Marítima de Puerto Cabello de SENIAT). http://goo.gl/RHxSQl

El técnico aeronáutico no cumple labores de seguridad de Estado ni se considera personal de confianza – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 363 del 26-05-2016 (caso: Carlos Alberto Sandoval Hernández v. Instituto Autónomo de Policía del Estado Bolivariano de Miranda). http://goo.gl/Jv7fnf

JUNIO

Los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales son el órgano jurisdiccional competente para conocer de acciones interpuestas por el personal aeronáutico perteneciente al Cuerpo de Navegación Aérea con ocasión de una relación de empleo público – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 601 del 13-06-2016 (caso: Alides Rafael Aguirre Jaramillo v. Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz). http://goo.gl/Y6CxjM

La Administración Aduanera ejerce su potestad sobre los medios de transporte destinados a la movilización y traslado de mercancías o personas que sean objeto de tráfico internacional por vía aérea – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 633 del 22-06-2016 (caso: Transporte Marítimo Maersk Venezuela, S.A. v. Gerencia de la Aduana Principal Marítima de La Guaira del SENIAT). http://goo.gl/8zpac1

JULIO

Al tener el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil personalidad jurídica propia, la prerrogativa de notificación obligatoria ha de entenderse en relación con dicho instituto y no respecto a la Procuraduría General de la República – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 684 del 07-07-2016 (caso: Aeroservicios Daytona C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/gExwMc

Es posible que un accidente aeronáutico origine un daño moral, a pesar de que exista una relación contractual, siempre que el presunto afectado demuestre la existencia de un hecho ilícito indemnizatorio – Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 19-07-2016 (caso: Loardo Javier Medina Martínez y otro v. Aero Bk, S.A.). https://goo.gl/CqKv79

Las aerolíneas y las agencias de viajes son prestadores de servicios turísticos que ofrecen en venta boletos aéreos, situación que las hace competidoras – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 817 del 27-07-2016 (caso: Continental Airlines, INC. v. PROCOMPETENCIA). https://goo.gl/JkCCpq

El certificado de matrícula es un documento indispensable para la operatividad de toda aeronave en el territorio venezolano. La Administración tiene la carga de probar que el particular no cuenta con el certificado de matrícula al operar la aeronave – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 823 del 27- 07-2016 (caso: José Ignacio Ceballos Álvarez De Lugo v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/Jnzthq

AGOSTO

La actuación del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil no está limitada de forma tal que dé lugar a la incompetencia temporal / Los técnicos de mantenimiento aeronáutico que laboran en una aerolínea tienen interés indirecto en las causas de esta / Los retrasos por desperfectos mecánicos y logística son imputables a la aerolínea – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 862 del 09-08-2016 (caso: American Airlines, INC. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/pyJ6qI

El Convenio de Varsovia no tiene aplicabilidad si los daños son atribuibles a la no ejecución del contrato de transporte aéreo. La responsabilidad por transporte aéreo es objetiva / La cancelación del vuelo no genera daño moral – Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 11-08-2016 (caso: Emil Israel Kizer Gruszecka y otro v. American Airlines, INC). https://goo.gl/wneqzy

SEPTIEMBRE

El hecho de contravenir las Condiciones Generales de Transporte Aéreo está previsto en una norma de rango legal, por lo que la sanción no vulnera la reserva legal / Si el procedimiento administrativo inicia por denuncia, la aerolínea tiene la carga de la prueba / Una falla no es un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor inimputable al transportista. Al detectar un desperfecto, la aerolínea debe cancelar expresamente el vuelo / Las sanciones en la Ley de Aeronáutica Civil no admiten discrecionalidad – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 952 del 28-09-2016 (caso: American Airlines, INC. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/wYXMVL

En caso de declaratorias de abandono, la falta de notificación personal no viola el derecho a la defensa si ella se da por carteles / La presunción de inocencia solo opera en caso de procedimientos sancionatorios – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 615 del 29-09-2016 (caso: Avior Airlines, C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/OxVAM7

OCTUBRE

El procedimiento de declaratoria de abandono de aeronave no tiene carácter sancionador ni da lugar a violaciones de la presunción de inocencia / El documento autenticado en una Notaría Pública no es suficiente para reconocer la titularidad en materia aeronáutica – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 0640 del 06-10-2016 (caso: Eric José Michele Martínez v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/PRqLrF

La competencia para suspender los efectos del acto administrativo que declara el abandono de una aeronave recae en los Tribunales de las Jurisdicción Contencioso Administrativa – Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 13-10-2016 (caso: Pedro Agustín Dupouy Medina y otro v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/NbMso7

Aeropostal Alas de Venezuela, C.A. no goza de las prerrogativas de la República – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1035 del 18-10-2016 (caso: Aeropostal Alas de Venezuela, C.A. v. SENIAT). https://goo.gl/CerlCU

La autoridad aeronáutica puede imponer sanciones por supuestos diferentes a los que dieron lugar al procedimiento administrativo, si se determina la existencia de los mismos en el desarrollo de la investigación / Una aeronave no debe prestar servicios si tiene reportes abiertos / En caso de sucesión normativa, debe aplicarse la que establezca una sanción más favorable al administrado – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 0750 del 27- 10-2016 (caso: Servicios Aéreos Sucre, C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/YEcFBB

NOVIEMBRE

No hay violación al principio de non bis in idem si las sanciones protegen diferentes bienes jurídicos / La voluntad de la aerolínea para llegar a un acuerdo en el procedimiento conciliatorio ante el INAC puede ser presunción de que cometió un ilícito – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1152 del 03-11-2016 (caso: American Airlines INC, v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/fm9LYn

Existe una vinculación entre las aerolíneas que prestan servicios en rutas internacionales / Las aerolíneas y las agencias de viajes son prestadores de servicios turísticos que ofrecen en venta boletos aéreos, situación que las hace competidoras – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1233 del 17-11-2016 (caso: Air Canada v. PROCOMPETENCIA). https://goo.gl/Ikr6t1

El procedimiento de conciliación ante el INAC no opera como una cuestión prejudicial para demandar por daños y perjuicios – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 17-11-2016 (caso: Cliónimo Claro y otros v. Delta Airlines INC). https://goo.gl/jIvMlY

DICIEMBRE

La responsabilidad por daño moral se materializa según el criterio fijado por la Sala Constitucional en su fallo 1126/2012 / El dolo o la culpa impiden la aplicación de los límites a la responsabilidad previstos en la Ley de Aeronáutica Civil – Sala de Casación Civil del TSJ, N° 876 del 08-12-2016 (caso: Roberto Hung Cavalieri y otro v. CONVIASA). https://goo.gl/kR1WuQ

La competencia para suspender los efectos del acto administrativo que declara el abandono de una aeronave recae en las Cortes de lo Contencioso Administrativo – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 14-12-2016 (caso: Inversiones Flores Cartaya, C.A v. Aeromantenimiento Fliteline, C.A. y otro). https://goo.gl/AWkk1U

No hay violación al principio de non bis in idem si las medidas difieren en su naturaleza / La medida preventiva cesa de pleno derecho al dictarse el acto administrativo definitivo o transcurra el tiempo para ello – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1518 del 15-12-2016 (caso: Juan Antonio Darias Montilla, C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/eUTsok



[1]     Abogado y Especialista en Derecho Administrativo por la Universidad Central de Venezuela. Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello, la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Monteávila. Director Ejecutivo del CIDEP. Coordinador del Diplomado en Derecho Aeronáutico CIDEP – Universidad Monteávila.

[2]     Abogado Summa Cum Laude por la Universidad Central de Venezuela, en la que cursa especialización en Derecho Administrativo. Investigador del CIDEP. Coordinador de Logística del Diplomado en Derecho Aeronáutico CIDEP – Universidad Monteávila.