JURISPRUDENCIA AERONÁUTICA DURANTE EL AÑO 2016
Recopilación
y selección por Antonio Silva Aranguren[1] y
Gabriel Sira Santana[2]
A continuación colocamos a
disposición del lector el listado cronológico de fallos dictados durante el año
2016 por la Sala Constitucional, la Sala Político Administrativa y la Sala de
Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, así como las Cortes de lo
Contencioso Administrativo y el Tribunal Superior Marítimo y de Primera
Instancia Marítimo, que resultan de interés para el Derecho Aeronáutico.
Para leer extractos de estos actos,
consulte el Boletín de Derecho
Aeronáutico, publicado trimestralmente por el Centro para la Integración y
el Derecho Público (CIDEP) y disponible en http://cidep.com.ve/bda.
ENERO
Es
constitucional el decreto presidencial N° 2.184 mediante el cual se declaró el
estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por 60 días y
que, entre sus disposiciones, facultó al Presidente de la República para
implementar medidas especiales a fin de agilizar el tránsito de mercancías en
los aeropuertos del país, pudiendo para ello desaplicar temporalmente las
normas legales que se requieran a excepción de las concernientes a la salud y
seguridad y defensa de la Nación – Sala
Constitucional del TSJ, N° 4 del 20-01-2016 (caso: Nicolás Maduro Moros). http://goo.gl/5bQuhh
El
régimen jurídico aplicable a los trabajadores de las líneas aéreas estatales es
el previsto en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras
– Sala Político Administrativa del TSJ,
N° 87 del 28-01-2016 (caso: Javier José Lezama Vera v. CONVIASA). http://goo.gl/TUHtlv
FEBRERO
Conforme
a la Resolución del Ministerio de Transporte y Comunicaciones N° DTA-76-10 del
29-07-1976, las líneas aéreas han de fijar un 10% por concepto de comisión a
las agencias de viajes, siendo un porcentaje inferior una práctica
anticompetitiva – Sala Político
Administrativa del TSJ, N° 117 del 10-02-2016 (caso: Iberia Líneas Aéreas de
España, S.A. v. PROCOMPETENCIA). http://goo.gl/vgxAF1
El
solo incumplimiento de las Condiciones Generales del Transporte Aéreo dictadas
por la Autoridad Aeronáutica es una causal objetiva de sanción / La actividad
aeronáutica está sujeta a una fuerte regulación de Derecho Público – Sala Político Administrativa del TSJ, N°
138 del 11-02-2016 (caso: Trans American Airlines S.A. - TACA-PERÚ v. Instituto
Nacional de Aeronáutica Civil). http://goo.gl/9IHJzA
El
certificado de conformidad de mantenimiento determina que una aeronave puede
operarse después de la realización de cualquier mantenimiento y es de
imprescindible incorporación en los procesos judiciales – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N
del 12-02-2016 (caso: Loardo Javier Medina Martínez
v. AERO BK, S.A.). http://goo.gl/41vTBt
Para
que sea procedente la suspensión de efectos de una sanción impuesta por el INAC
se requiere que el sujeto demuestre el daño irreparable que sufriría en su
patrimonio / La sanción de suspensión de la actividad profesional está
condicionada al no pago de la multa –
Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 135 del 18-02-2016 (caso:
Juan Antonio Darías Montilla v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). http://goo.gl/HQaxTQ
La
indemnización por concepto de daño moral constituye un sistema de condenatoria
distinto al previsto en el artículo 100 de la Ley de Aeronáutica Civil que
desarrolla la responsabilidad por la prestación del servicio de transporte
aéreo y establece de manera taxativa el monto indemnizatorio – Tribunal Superior Marítimo con
Competencia Nacional, S/N del 26-02-2016 (caso: Roberto Hung
Cavalieri y otro v. CONVIASA). http://goo.gl/SOV1Bf
MARZO
Bolivariana
de Aeropuertos, S.A. (BAER), como empresa del Estado, no goza de los
privilegios y prerrogativas que la ley ha acordado a favor de la República – Sala Constitucional del TSJ, N° 135 del
11-03-2016 (caso: Iván Enrique Sulbarán Simancas v. Bolivariana de Aeropuertos,
S.A.). http://goo.gl/eb2fbz
El
procedimiento administrativo conciliatorio ante el INAC no se configura como
una cuestión prejudicial en cuanto a las demandas por daños y perjuicios que
intenten los pasajeros contra una línea aérea – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 14-03-2016 (caso: Laura Saldaño y
otros v. DELTA AIRLINES INC). http://goo.gl/aTVVDb
Para
determinar la competencia en materia de transporte aéreo se debe tomar en
cuenta los precios, duración de viaje y escalas / Las aerolíneas y las agencias
de viajes son prestadores de servicios turísticos que ofrecen en venta boletos
aéreos, situación que las hace competidoras –
Sala Político Administrativa del TSJ, N° 299 del 15-03-2016 (caso: Compañía
Panameña de Aviación, S.A. – COPA Airlines v. PROCOMPETENCIA). http://goo.gl/Fx5QvA
Es
constitucional el decreto presidencial N° 2.270 mediante el cual se prorroga el
estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por 60 días y
que, entre sus disposiciones, facultó al Presidente de la República para
implementar medidas especiales a fin de agilizar el tránsito de mercancías en
los aeropuertos del país, pudiendo para ello desaplicar temporalmente las
normas legales que se requieran a excepción de las concernientes a la salud y
seguridad y defensa de la Nación – Sala
Constitucional del TSJ, N° 184 del 17-03-2016 (caso: Nicolás Maduro Moros).
http://goo.gl/tJ8RkI
Los
bomberos aeronáuticos son funcionarios públicos que prestan servicio de
carácter exclusivo y permanente al Estado –
Sala Constitucional del TSJ, N° 237 del 29- 03-2016 (caso: Instituto Autónomo
Cuerpo de Bomberos del Estado Miranda v. Roberto Rincón Ménde).
http://goo.gl/oZKwp9
Los
bomberos aeronáuticos son funcionarios públicos que prestan servicio de
carácter exclusivo y permanente al Estado –
Sala Constitucional del TSJ, N° 238 del 29- 03-2016 (caso: Instituto Autónomo
Cuerpo de Bomberos del Estado Miranda v. Julio Eleno Rincón Méndez). http://goo.gl/hZOFYh
ABRIL
El
contrato de transporte aéreo de pasajeros, aun cuando sea electrónico, no
presume la ausencia de billete de pasaje –
Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N del
12-04-2016 (caso: Julio Alberto Álvarez Ramos v. Alitalia
Compañía Aérea Italiana S.A.). http://goo.gl/FttBRH
El
Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía goza de los
privilegios y prerrogativas procesales de la República – Corte Primera de lo
Contencioso Administrativo, N° 328 del 14-04-2016 (caso: Carmen Rosa González
Orea v. Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía). http://goo.gl/tZOViy
El
jefe de seguridad de un aeropuerto no cumple labores de seguridad de Estado – Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, N° 339 del 14-04-2016 (caso: Antonio José Contreras Acosta v.
Gobernación del Estado Apure). http://goo.gl/wPrIHY
MAYO
La
Administración Aduanera ejerce su potestad sobre los medios de transporte
destinados a la movilización y traslado de mercancías o personas que sean
objeto de tráfico internacional por vía aérea – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 547 del 23-05-2016 (caso:
Transporte Marítimo Maersk Venezuela, S.A. v. Gerencia de la Aduana Principal
Marítima de Puerto Cabello de SENIAT). http://goo.gl/RHxSQl
El
técnico aeronáutico no cumple labores de seguridad de Estado ni se considera
personal de confianza – Corte Primera de
lo Contencioso Administrativo, N° 363 del 26-05-2016 (caso: Carlos Alberto
Sandoval Hernández v. Instituto Autónomo de Policía del Estado Bolivariano de
Miranda). http://goo.gl/Jv7fnf
JUNIO
Los
Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales son el órgano
jurisdiccional competente para conocer de acciones interpuestas por el personal
aeronáutico perteneciente al Cuerpo de Navegación Aérea con ocasión de una
relación de empleo público – Sala
Político Administrativa del TSJ, N° 601 del 13-06-2016 (caso: Alides Rafael Aguirre Jaramillo v. Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz). http://goo.gl/Y6CxjM
La
Administración Aduanera ejerce su potestad sobre los medios de transporte
destinados a la movilización y traslado de mercancías o personas que sean
objeto de tráfico internacional por vía aérea – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 633 del 22-06-2016 (caso:
Transporte Marítimo Maersk Venezuela, S.A. v. Gerencia de la Aduana Principal
Marítima de La Guaira del SENIAT). http://goo.gl/8zpac1
JULIO
Al
tener el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil personalidad jurídica propia,
la prerrogativa de notificación obligatoria ha de entenderse en relación con
dicho instituto y no respecto a la Procuraduría General de la República – Sala Político Administrativa del TSJ, N°
684 del 07-07-2016 (caso: Aeroservicios Daytona C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil).
https://goo.gl/gExwMc
Es
posible que un accidente aeronáutico origine un daño moral, a pesar de que exista
una relación contractual, siempre que el presunto afectado demuestre la
existencia de un hecho ilícito indemnizatorio
– Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 19-07-2016
(caso: Loardo Javier Medina Martínez y otro v. Aero
Bk, S.A.). https://goo.gl/CqKv79
Las
aerolíneas y las agencias de viajes son prestadores de servicios turísticos que
ofrecen en venta boletos aéreos, situación que las hace competidoras – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 817
del 27-07-2016 (caso: Continental Airlines, INC. v. PROCOMPETENCIA). https://goo.gl/JkCCpq
El
certificado de matrícula es un documento indispensable para la operatividad de
toda aeronave en el territorio venezolano. La Administración tiene la carga de
probar que el particular no cuenta con el certificado de matrícula al operar la
aeronave – Sala Político Administrativa
del TSJ, N° 823 del 27- 07-2016 (caso: José Ignacio Ceballos Álvarez De Lugo v.
Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/Jnzthq
AGOSTO
La
actuación del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil no está limitada de forma
tal que dé lugar a la incompetencia temporal / Los técnicos de mantenimiento
aeronáutico que laboran en una aerolínea tienen interés indirecto en las causas
de esta / Los retrasos por desperfectos mecánicos y logística son imputables a
la aerolínea – Sala Político
Administrativa del TSJ, N° 862 del 09-08-2016 (caso: American Airlines, INC. v.
Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/pyJ6qI
El
Convenio de Varsovia no tiene aplicabilidad si los daños son atribuibles a la
no ejecución del contrato de transporte aéreo. La responsabilidad por
transporte aéreo es objetiva / La cancelación del vuelo no genera daño moral – Tribunal Superior Marítimo con Competencia
Nacional, S/N del 11-08-2016 (caso: Emil Israel Kizer
Gruszecka y otro v. American Airlines, INC). https://goo.gl/wneqzy
SEPTIEMBRE
El
hecho de contravenir las Condiciones Generales de Transporte Aéreo está
previsto en una norma de rango legal, por lo que la sanción no vulnera la
reserva legal / Si el procedimiento administrativo inicia por denuncia, la
aerolínea tiene la carga de la prueba / Una falla no es un supuesto de caso
fortuito o fuerza mayor inimputable al transportista. Al detectar un
desperfecto, la aerolínea debe cancelar expresamente el vuelo / Las sanciones
en la Ley de Aeronáutica Civil no admiten discrecionalidad – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 952 del 28-09-2016 (caso:
American Airlines, INC. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil).
https://goo.gl/wYXMVL
En
caso de declaratorias de abandono, la falta de notificación personal no viola
el derecho a la defensa si ella se da por carteles / La presunción de inocencia
solo opera en caso de procedimientos sancionatorios – Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 615 del 29-09-2016
(caso: Avior Airlines, C.A. v. Instituto Nacional de
Aeronáutica Civil). https://goo.gl/OxVAM7
OCTUBRE
El
procedimiento de declaratoria de abandono de aeronave no tiene carácter
sancionador ni da lugar a violaciones de la presunción de inocencia / El
documento autenticado en una Notaría Pública no es suficiente para reconocer la
titularidad en materia aeronáutica –
Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, N° 0640 del 06-10-2016 (caso:
Eric José Michele Martínez v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/PRqLrF
La
competencia para suspender los efectos del acto administrativo que declara el
abandono de una aeronave recae en los Tribunales de las Jurisdicción
Contencioso Administrativa – Tribunal
Superior Marítimo con Competencia Nacional, S/N del 13-10-2016 (caso: Pedro
Agustín Dupouy Medina y otro v. Instituto Nacional de
Aeronáutica Civil). https://goo.gl/NbMso7
Aeropostal
Alas de Venezuela, C.A. no goza de las prerrogativas de la República – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1035
del 18-10-2016 (caso: Aeropostal Alas de Venezuela, C.A. v. SENIAT). https://goo.gl/CerlCU
La
autoridad aeronáutica puede imponer sanciones por supuestos diferentes a los
que dieron lugar al procedimiento administrativo, si se determina la existencia
de los mismos en el desarrollo de la investigación / Una aeronave no debe
prestar servicios si tiene reportes abiertos / En caso de sucesión normativa,
debe aplicarse la que establezca una sanción más favorable al administrado – Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, N° 0750 del 27- 10-2016 (caso: Servicios Aéreos Sucre, C.A. v.
Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/YEcFBB
NOVIEMBRE
No
hay violación al principio de non bis in idem si las sanciones protegen diferentes bienes
jurídicos / La voluntad de la aerolínea para llegar a un acuerdo en el
procedimiento conciliatorio ante el INAC puede ser presunción de que cometió un
ilícito – Sala Político Administrativa
del TSJ, N° 1152 del 03-11-2016 (caso: American Airlines INC, v. Instituto
Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/fm9LYn
Existe
una vinculación entre las aerolíneas que prestan servicios en rutas
internacionales / Las aerolíneas y las agencias de viajes son prestadores de
servicios turísticos que ofrecen en venta boletos aéreos, situación que las
hace competidoras – Sala Político
Administrativa del TSJ, N° 1233 del 17-11-2016 (caso: Air Canada
v. PROCOMPETENCIA). https://goo.gl/Ikr6t1
El
procedimiento de conciliación ante el INAC no opera como una cuestión
prejudicial para demandar por daños y perjuicios – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional, S/N
del 17-11-2016 (caso: Cliónimo Claro y otros v. Delta
Airlines INC). https://goo.gl/jIvMlY
DICIEMBRE
La
responsabilidad por daño moral se materializa según el criterio fijado por la
Sala Constitucional en su fallo 1126/2012 / El dolo o la culpa impiden la
aplicación de los límites a la responsabilidad previstos en la Ley de Aeronáutica
Civil – Sala de Casación Civil del TSJ,
N° 876 del 08-12-2016 (caso: Roberto Hung Cavalieri y
otro v. CONVIASA). https://goo.gl/kR1WuQ
La
competencia para suspender los efectos del acto administrativo que declara el
abandono de una aeronave recae en las Cortes de lo Contencioso Administrativo – Tribunal de Primera Instancia Marítimo con
Competencia Nacional, S/N del 14-12-2016 (caso: Inversiones Flores Cartaya, C.A
v. Aeromantenimiento Fliteline,
C.A. y otro). https://goo.gl/AWkk1U
No hay violación al principio de non bis in idem si las medidas difieren en su naturaleza / La medida preventiva cesa de pleno derecho al dictarse el acto administrativo definitivo o transcurra el tiempo para ello – Sala Político Administrativa del TSJ, N° 1518 del 15-12-2016 (caso: Juan Antonio Darias Montilla, C.A. v. Instituto Nacional de Aeronáutica Civil). https://goo.gl/eUTsok
[1] Abogado y Especialista en Derecho
Administrativo por la Universidad Central de Venezuela. Profesor de la
Universidad Católica Andrés Bello, la Universidad Central de Venezuela y la
Universidad Monteávila. Director Ejecutivo del CIDEP. Coordinador del Diplomado
en Derecho Aeronáutico CIDEP – Universidad Monteávila.
[2] Abogado Summa
Cum Laude por la Universidad Central de Venezuela, en la que cursa
especialización en Derecho Administrativo. Investigador del CIDEP. Coordinador
de Logística del Diplomado en Derecho Aeronáutico CIDEP – Universidad
Monteávila.